COMISIONES DEL FORO
INTERNACIONAL DE MEDIADORES PROFESIONALES.-
El principal objetivo de FIMEP es servir de punto de encuentro de los profesionales que a
nivel internacional se dedican a la mediación tanto en su ámbito profesional
como formativo.
El Foro, servirá igualmente de comisión asesora a cualquier intervención en
el ámbito de la mediación
No obstante es
interés, la creación de 4 comisiones para el funcionamiento y futuro del Foro.
COMISIÓN
DEONTOLOGICA:
Función: La comisión
creada, trabajará sobre la posibilidad de establecer un conjunto ordenado de deberes y
obligaciones morales que tienen los profesionales de la MEDFIACIÓN. La
deontologia es conocida también bajo el nombre de "teoria del deber “
Trata, pues, del espacio de la libertad del hombre sólo sujeto a
la responsabilidad que le impone su conciencia. Asimismo, Bentham considera que
la base de la deontologia se debe sustentar en los principios filosóficos de la
libertad y el utilitarismo, lo cual significa que los actos buenos o malos de los
hombres sólo se explican en función de la felicidad o bienestar que puedan
proporcionar asuntos estos muy humanistas. Para Bentham la deontologia se
entiende a partir de sus fines (el mayor bienestar posible para la mayoria, y
de la mejor forma posible)
Esta comisión se crea para trabajar y debatir sobre una deontologia aplicada, descriptiva e incluso prescriptiva. La
deontologia aplicada al estudio de los derechos y deberes, particularmente
enfocados al ejercicio de una profesión, la de la mediación, es el caso de
la deontologia profesional. Para su aplicación se elaboran códigos
deontológicos, los cuales reglamentan, de manera estricta o bien a modo de
orientación, las cuestiones relativas al "deber", de los miembros de
una determinada profesión. La deontologia se nutre por un lado del marco
juridico, y por otro del marco moral.
Su concepto básico es que obrar "de acuerdo a la ética"
se corresponde con obrar de acuerdo a un código predefinido. Apartarse de una
norma previamente definida, constituye una actitud o un comportamiento
no-ético. Por tanto, hablamos del argumento que ha de orientar cualquier
conducta.
Siguiendo a Nora Femenía, “A lo largo del desarrollo del campo de la
resolución alternativa de disputas, tanto los mismos profesionales, el público,
como las otras profesiones y los niveles de supervisión y control de servicios
se han preocupado por formular estándares para la conducta ética en mediación.
La motivación ha estado basada en la necesidad percibida de tener que educar al
público consumidor de servicios para que pueda elegir un servicio ético;
asegurar que los clientes reciban una atención digna de los estándares
seleccionados, y proteger la reputación de los mediadores éticos, separando su
práctica de la de aquellos que no respeten las normas”.
En el plazo
comprometido entre el 2016 y el 2018, esta comisión tendrá el encargo de
proponer un “Manual de buenas
prácticas, en mediación” a los miembros de
FIMEP, basado en nuestra responsabilidad ante la profesión, ante el proceso de
mediación y ante los mediados como partes en el proceso
COMISIÓN DE
ASESORAMIENTO:
Función: La comisión
trabajará desde el inicio, en la ayuda y asesoramiento de todos los miembros de
FIMEP en cuanto a su desarrollo personal, profesional y colaboración en la elaboración
y creación de proyectos de SERVICIOS DE MEDIACIÓN, tanto públicos como
privados.
Es
evidente que la labor desarrollada por los mediadores profesionales es variada
y complicada, pues abarca distintos apellidos de la mediación, su
interdisciplinariedad y comprende diversas funciones, que, como es natural,
ofrecen problemas particulares que deben ser tratados y resueltos de manera
adecuada para que la prestación de nuestra función en el proceso, sea la mejor
Se
trata por tanto de que esta comisión, ASESORE, ORIENTE Y APOYE en el ejercicio
profesional tanto a los mediadores de FIMEP como a las propias instituciones
que lo demanden y en su caso al propio Foro en sus decisiones.
Son,
pues comisiones técnicas de consulta obligada en todo problema de carácter profesional
que se suscite en el ejercicio de la mediación, lo que permite a los miembros
de FIMEP, que haya un cauce adecuado en el que los distintos puntos de vista de
los sectores implicados en los procesos tengan un cauce idóneo para plantear y
tratar de resolver sus problemas.
La comisión en este
periodo bianual, empezará a desarrollar su trabajo de forma inmediata, a
petición de parte elaborando una MEMORIA en la que se recoja con la debida
confidencialidad a los solos efectos estadísticos, una memoria de su
intervención.
COMISIÓN DE
FORMACIÓN:
Función: La comisión
formada por docentes de acreditado prestigio, creado con el
fin de armonizar el ejercicio de las distintas formaciones surgidas tanto a
nivel académico universitario como de entidades privadas y homologadas y demás
instituciones y organismos que ostentan en materia de formación tanto básica
como continuada en mediación así como de coordinar las actuaciones que se
desarrollen en dicho campo.
A la Comisión de Formación, le corresponden las siguientes
funciones:
- Emitir
informes o dictámenes en materia de formación sobre mediación que se
requiera tanto de miembros de FIMEP como de entidades formadoras adscritas
o no al Foro
- Estudio,
informe y propuesta para el establecimiento de procedimientos, criterios y
requisitos para la acreditación de centros y actividades de formación.
Pudiendo otorgar el sello de “Acreditada por FIMEP” para su publicidad en
los programas formativos y/o certificaciones de finalización de la
formación (siempre previo visto bueno de la comisión directiva de FIMEP)
- Estudio,
informe y propuesta para el establecimiento de procedimientos, criterios y
requisitos para la acreditación y la acreditación avanzada de
profesionales, como consecuencia del desarrollo de actividades de
formación continuada acreditada.
- Recibir,
periódicamente y a través de los representantes incorporados a la misma,
información sobre las actividades de formación relativas a Mediación que se desarrollen
en cualquier nivel
- Solicitar
y recibir informes y propuestas de sociedades científicas, Consejos
Generales de Colegios Oficiales y de cuantas entidades, organismos e
instituciones actúen, directa o indirectamente, en el campo de la
formación en mediación.
- Elaborar
propuestas de formación y mínimos de esta en materias, objetivos y
profesorado competente, que se pongan a disposición de FIMEP para
formación propia desde el foro o futuras intervenciones en foros,
jornadas, seminarios, workshop, congresos, talleres, etc.
COMISIÓN
DE INVESTIGACIÓN:
Función: Esta
comisión tiene un objetivo fijo y continuado, TRABAJAR EN POST DE LA CREACIÓN
DE CIENCIA, elaboración de proyectos, publicaciones científicas de referencia
del Foro, directa o indirectamente
En este bienio 2016-2018 elaborará un Plan de Trabajo y podrá
crear ponencias para desarrollar su labor
OBJETIVOS DE ESTA COMISIÓN:
1. Constituye un objetivo
básico de FIMEP el fomento y desarrollo de la investigación científica,
técnica, humanística y artística como fundamento de la profesión, medio para el
progreso de la comunidad y soporte de la transferencia social del conocimiento.
2. La investigación es un
derecho y un deber de los mediadores, de acuerdo con los fines generales de
nuestra profesión y dentro de los límites establecidos por el ordenamiento
jurídico.
3. A tal efecto está
destinada a impulsar y coordinar el esfuerzo investigador y de publicaciones,
de los miembros del Foro para el propio crecimiento personal y de la profesión
4. La Comisión de
Investigación formulará propuestas al Consejo de Dirección de FIMEP sobre la
política general de investigación, las prioridades de actuación y la necesidad
de la difusión tanto de nuestra actividad como de la de los miembros del mismo